EL FUNCIONARIO TIENE DERECHO A RECUSAR AL FISCAL NOMBRADO EN SUMARIO ADMINISTRATIVO.

 "Aporte a un Chile que necesita más justicia".
 DERECHO A RECUSAR AL FISCAL      PROCESO DISCIPLINARIO. (david897.blogspot.com)

En conjunto con la recusación se debe pedir  que se exprese , en forma detallada las acusaciones en su contra: personas,  lugar, fechas.  El plazo para interponer el recurso de recusación es de dos días y se recomienda dejar anotado en la copia que lleva el actuario que hará uso del derecho a recusar al fiscal y actuario si fuera el caso.
Inhabilitar al fiscal. (Plazo dos días)https://david897.blogspot.com/2019/03/derecho-recusar-al-fiscal.html //

 Notificar  de la resolución de un sumario y suspender en el mismo acto./ Recursos de protección.

El recurrente no fue citado bajo el apercibimiento previsto en el inciso primero del artículo 18 de la Resolución 510, el cual dispone que los funcionarios citados a declarar ante el fiscal instructor (…) serán apercibidos para que dentro del segundo día formulen las causales de recusación, por lo que no fue advertido acerca de la posibilidad de solicitar la inhabilidad de la fiscal –o del actuario-. En este sentido, del texto transcrito se infiere que el apercibimiento habrá de constar en la citación a audiencia y no en el desarrollo mismo de la declaración, por lo que la argumentación de la recurrida no se condice con el texto del reglamento citado. Tal omisión ha tornado ilegal dicha citación, por cuanto se ha incumplido la propia normativa que se ha dado el organismo Contralor a fin de garantizar un procedimiento que entregue las debidas garantías de imparcialidad a los sujetos sometidos a los sumarios instruidos”.

Nombramiento del Fiscal. // CORTE DE APELACIONES IQUIQUE Iquique, veintitrés de mayo de dos mil diecisiete. VISTO: En estos autos RUC N° 1640053414-8, RIT N° O-23-2016. El nombramiento del Fiscal Instructor fue dispuesto por el Alcalde, en circunstancias que debía ser ordenado por el Jefe de DAEM.
La notificación debe ser conforme al Art. 129 de la Ley 18.883 y luego por carta certificada artículo 46 de la Ley N° 19.880 y su inciso 2°.
*.- Dictamen,  plazo para la notificación por carta certificada:
Estatuto Administrativo.

CS acoge recurso de protección y ordena a fiscal investigadora en procedimiento sumarial dar tramitación a recursos interpuestos contra resolución mediante la cual rechazó declarar su inhabilidad.

Al negarle al actor la posibilidad de recurrir en contra de dicha resolución, se ha mermado su derecho al recurso, y por tanto, vulnerado la garantía constitucional de igualdad ante la ley. // 28 de agosto de 2021

Estatuto Administrativo. Fecha 28- 08- 2021 /// CS acoge recurso de protección y ordena a fiscal investigadora en procedimiento sumarial dar tramitación a recursos interpuestos contra resolución mediante la cual rechazó declarar su inhabilidad. https://www. diarioconstitucional.cl/2021/ 28/08/cs-acoge-recurso-de-proteccion-y-ordena-a-fiscal-investigadora-en-procedimiento-sumarial-dar- tramitacion-a-recursos-interpuestos-contra-resolucion-mediante-la-cual-rechazo-declarar-su-inhabilidad/?fbclid= IwAR0dePv2t3Ko9CwnfvbZC0Zgymf25OcP9MLUtyyslrLrzDtTI33EMqMddWQ.  
*.-  La Contraloría nos dice que la recusación del fiscal legalmente inhabilitado, pero que de todas maneras es confirmado, es un vicio que no afecta la validez del proceso.
https://david897.blogspot.com/2019/03/derecho-recusar-al-fiscal.html
Corresponde aplicar la inhabilidad establecida en la Ley 18.883 Art.130 y 131, existiendo estas inhabilidades.
Ver enlace, sobre causal de abstención y reapertura del sumario:
Medios de prueba  que pueden ser expuestos en el Recurso de Recusación del fiscal en sumario.
*.- Dictamen de Contraloría, N° 32.700 Fecha: 04-VI- año 2012. (Fiscal debe ser un funcionario del DAEM designado por el Sostenedor) http://www.contraloria.cl/ mesaprueba/842577F8004BAD41/0/06E51932C72463AA84257A1500755D62
*.-Derecho fundamental a un tribunal independiente e imparcial en el Derecho chilenohttps://scielo.conicyt.cl/ scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-68512009000200007 
*.- Las causales que inhabilitan a un funcionario para actuar como fiscal son de derecho estricto. Enlace https://www.contraloria.cl/web/cgr/buscar-jurisprudencia.
*.- Contra Municipalidad de Combarbalá. 11 de octubre de 2017.

https://www.diarioconstitucional.cl/noticias/accion-de-proteccion/2017/10/11/cs-confirmo-sentencia-que-acogio-proteccion-en-favor-de-profesora-destituida-mediante-sumario- administrativo /

CS confirmó sentencia que acogió protección en favor de profesora destituida mediante sumario administrativo. La recurrente estimó vulnerado el derecho de no ser juzgado por comisiones especiales. Designó Fiscal Administrativo, para los efectos de tal sumario, al Juez de Policía Local de dicha Municipalidad, designación que sería manifiestamente ilegal. https://www.diarioconstitucional.cl/noticias/accion-de-proteccion/2017/10/11/cs-confirmo-sentencia-que-acogio-proteccion-en-favor-de-profesora-destituida-mediante-sumario- administrativo /

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