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PROPORCIONALIDAD DE LA SANCIÓN EN UN SUMARIO ADMINISTRATIVO.

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    "Aporte a un Chile que necesita más justicia".                             Proporcionalidad de la sanción. Qué se entiende por falta a la probidad. Proporcionalidad. (david897.blogspot.com) Derecho a un racional y justo procedimiento disciplinario. (david897.blogspot.com) CALIFICACIÓN DE LA FALTA A LA PROBIDAD ADMINISTRATIVA./PROPORCIONALIDAD (david897.blogspot.com) ABSOLVER O SANCIONAR, SE DEBE APLICAR LA NORMA MÁS FAVORABLE. (david897.blogspot.com) La destitución por infracción grave a la probidad administrativa. (david897.blogspot.com) EXCESO DE DISCRECIONALIDAD EN SUMARIO ADMINISTRATIVO. (david897.blogspot.com) CUÁNDO PROCEDE INTERPONER RECURSO DE TUTELA LABORAL. (david897.blogspot.com)   La Excma. Corte Suprema en numerosos fallos sobre la materia, ha señalado que la proporcionalidad “apunta a la congruencia entre la entidad del daño provocado por la infracción y el castigo a imponer” (Rol 18.8...

SE DEBE EXPRESAR LAS CAUSAS PARA IMPULSAR Y SANCIONAR EN UN SUMARIO ADMINISTRATIVO.

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  "Aporte a un Chile que necesita más justicia". Motivación y fundamentación debe expresarse en toda decisión  de la administración. PROCESO DISCIPLINARIO. (david897.blogspot.com) La administración debe dar cuenta de la motivación de sus actuaciones y fundamentar conforme a los artículos 11 inciso segundo y 41 inciso cuarto de la Ley N° 19.880 y por tanto, corresponde debida respuesta a las peticiones del afectado.                  Resolución que instruye una investigación sumaria debe ser personalmente notificada a los funcionarios afectados, antes que efectúen su primera declaración. - Diario Constitucional .                                                      Se debe reclamar  C uando se advierte una irregularidad que incide en la legalidad de un acto administrativo de acuerdo con lo dispue...

REGLAMO DE LEGALIDAD POR CREAR UNA COMISIÓN ESPECIAL DE JUZGAMIENTO

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      "Aporte a un Chile que necesita más justicia". CREAR UNA  COMISIÓN ESPECIAL TRANSGREDE GARANTÍA CONSTITUCIONAL. Se encuentra prohibido en el artículo 19 N° 3 inciso sexto de nuestra Constitución, al disponer que nadie podrá ser juzgado por comisiones especiales, sino por el tribunal que señalare la ley y que se hallare establecido por esta con anterioridad a la perpetración del hecho” PROCESO DISCIPLINARIO. (david897.blogspot.com)             Crear una Comisión Especial constituye una infracción esencial del procedimiento sumarial y que conlleva a la invalidación del acto administrativo. La ilegalidad de crear una comisión especial se produce por in cumplir con las formalidades que forman parte de su inicio y desarrollo ,  que perturba la garantía constitucional contemplada en el  inciso sexto numeral tercero del Art. 19 de la Carta Fundamental, sobre el derecho a un racional y justo procedimiento, además del Art.  1...